Artículo setenta y uno
El Tribunal Superior de Justicia tomará el nombre de la Comunidad Autónoma y extenderá su jurisdicción al ámbito territorial de ésta.
Norma publicada: 1 de julio de 1985
Resumen del Artículo setenta y uno
Artículo setenta y uno del Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) — El Tribunal Superior de Justicia tomará el nombre de la Comunidad Autónoma y extenderá su jurisdicción al ámbito territorial de ésta.
El Tribunal Superior de Justicia tomará el nombre de la Comunidad Autónoma y extenderá su jurisdicción al ámbito territorial de ésta.
Norma publicada: 1 de julio de 1985
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El Tribunal Superior de Justicia tomará el nombre de la Comunidad Autónoma y extenderá su jurisdicción al ámbito territorial de ésta.
El artículo setenta y uno del LOPJ está vigente.
Se encuentra en la estructura: LIBRO I › CAPÍTULO III.
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